Servidores públicos no pueden bloquear a ciudadanos en redes sociales: SCJN

México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que los servidores públicos no pueden bloquear a usuarios de las redes sociales que hagan críticas severas o comentarios sobre su desempeño.

Durante la sesión de la Segunda Sala de la Corte, los ministros avalaron el proyecto realizado por el ministro Eduardo Medina Mora, en el que estableció que cuando un servidor público con cuentas en redes sociales bloque a otros usuarios alegando el “derecho a la intimidad” atenta con los derechos de la libertad de expresión y acceso a la información de los ciudadanos.

En consecuencia, la Sala votó por confirmar el amparo interpuesto por el periodista Miguel Ángel Carmona, bloqueado en Twitter por sus comentarios en redes sociales contra Jorge Winkler Ortiz, fiscal general del estado de Veracruz.

El proyecto aprobado establece que el derecho a la información debe prevalecer sobre el derecho a la intimidad alegado por Winkler, pues el bloqueo realizado implicó una restricción indebida al derecho de información del reportero.

“Debe destacarse, adicionalmente, que en ningún momento alegó el recurrente un comportamiento abusivo por parte del periodista que pudiera justificar el bloqueo de la cuenta”, resalta el proyecto.

“Este ciudadano [Jorge Winkler Ortiz] decidió cruzar la línea que lo convirtió en una persona pública, por lo que sus expresiones y actividades seguirán sujetas a un nivel de escrutinio social y a un umbral de protección menor, en los términos planteados por la jurisprudencia en la materia”, abunda.

Con esta acción, el amparo promovido por el periodista veracruzano tendrá efectos en las redes sociales de Winkler Ortiz, pero también protegerá a más personas que manifiesten haber sufrido un bloqueo.

Con información de Proceso