SCJN declara constitucional consulta sobre juicio a expresidentes

Texto: Crew Átomos

Fotos: Cortesía

Ciudad de México.- Con seis votos a favor y cinco en contra, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional la consulta popular para enjuiciar a expresidentes de México. La decisión se tomo luego de discutir el proyecto presentado por el Ministro Luis María Aguilar, quien proponía declararlo inconstitucional.

La solicitud, presentada por el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, consistió en preguntar a los ciudadanos si se debe investigar y, en su caso sancionar, a los últimos cinco expresidentes del país por los delitos que cometieron antes, durante y después de su gestión.

Los ministros que votaron a favor de declarar la constitucionalidad de la consulta fueron Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Ana Margarita Ríos-Farjat, Yasmín Esquivel Mossa, Alberto Pérez Dayán, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Juan Luis González Alcántara.

En contra de la constitucionalidad se pronunciaron Luis María Aguilar, el ponente del proyecto, Jorge Mario Pardo, José Fernando Franco, Javier Laynez Potisek y Norma Lucía Piña Hernández.

La Corte determinó un receso. A su regreso los ministros presentaron una nueva pregunta para la consulta propuesta por el presidente López Obrador y con ocho votos a favor se votó cambiar la pregunta para que quede de la siguiente manera:

“¿Estás de acuerdo o no en que se lleven a cabo las acciones pertinentes con apego al marco constitucional y legal para emprender un proceso de esclarecimiento de las decisiones políticas tomadas en los años pasados por los actores políticos encaminados a garantizar la justicia y los derechos de las posibles víctimas?”.

La pregunta que envió el presidente enlistaba a los expresidentes y especificaba que si se estaba de acuerdo en investigarlos por su proceder en el encargo y después del mismo.

De acuerdo con el artículo 26 de la Ley Federal de Consulta Popular, una vez avalada a constitucionalidad de la pregunta, ésta no podrá ser modificada.

Ahora corresponderá al presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores, Eduardo Ramírez Aguilar, publicar la resolución en la Gaceta Parlamentaria y turnar la petición a la Comisión de Gobernación para su análisis.

Posteriormente, deberá ser aprobada o rechazada en el pleno de la Cámara de Diputados y el Senado. Si es rechazada, el trámite concluye ahí, pero si se aprueba, el Congreso expedirá mediante decreto la convocatoria a la consulta ciudadana y notificará al Instituto Nacional Electoral para la organización de ésta.

Con información de Expansión