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SCJN avala reducción del aguinaldo para pensionados del Issstezac

Texto: Crew Átomos

Foto: Cortesía

Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió validar parcialmente las reformas a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado de Zacatecas (Issstezac), entre ellas la disposición que reduce de 60 a 30 días el pago del aguinaldo para pensionados, como una medida orientada a proteger la viabilidad financiera del organismo.

El análisis del máximo tribunal se derivó de una impugnación presentada por el Poder Ejecutivo estatal contra tres artículos de la legislación, al considerar que vulneraban principios constitucionales. Tras la discusión, siete ministros avalaron únicamente la constitucionalidad del artículo 74, que modifica el esquema de cálculo del aguinaldo de los pensionados del Instituto.

No obstante, la Corte estableció que esta reducción no será retroactiva. Las personas que ya se encuentran pensionadas, así como aquellas que hayan iniciado su trámite antes del 11 de agosto de 2024 —fecha de entrada en vigor de la reforma—, conservarán el derecho a recibir un aguinaldo equivalente a 60 días de pensión. En consecuencia, el ajuste solo aplicará para quienes comiencen a cotizar a partir de dicha fecha.

En contraste, el Pleno invalidó parcialmente el artículo 128, específicamente en el apartado que condicionaba el otorgamiento de pensiones y el cumplimiento de obligaciones del Issstezac a su capacidad financiera. Con esta determinación, la Corte dejó en claro que los derechos de los pensionados no pueden supeditarse a la situación económica del Instituto, por lo que, en caso de un quebranto financiero, el Gobierno del Estado deberá asumir la responsabilidad correspondiente.

Asimismo, los ministros invalidaron el artículo 128 Bis, el cual establecía que el pago de prestaciones sociales y obligaciones del Issstezac estaría sujeto al uso de la reserva técnica del Instituto, en apego a criterios de austeridad y a su capacidad financiera. El tribunal consideró que esta disposición ponía en riesgo la garantía de los derechos adquiridos por los trabajadores y pensionados.

Durante el debate, se reiteró que los trabajadores no deben cargar con las consecuencias de una deficiente administración de los sistemas de pensiones o del propio Estado. En este sentido, la ministra Lenia Batres expresó que no es posible justificar la reducción del aguinaldo sin contar con información clara y suficiente sobre la situación financiera real del Issstezac, y subrayó que el respeto a los derechos adquiridos debe prevalecer.

Por su parte, legisladores del estado de Zacatecas defendieron la reforma al señalar que el ajuste en el aguinaldo busca asegurar la sostenibilidad del Fondo de Pensiones y garantizar el derecho a la seguridad social en el largo plazo, frente a los problemas estructurales que enfrenta el sistema estatal.

En este contexto, el Congreso local sostuvo que, si bien existe la obligación de proteger los derechos de los pensionados, también es necesario implementar medidas que permitan preservar la estabilidad financiera del Instituto y evitar riesgos en el pago futuro de pensiones y otras prestaciones.

Finalmente, el presidente del Congreso, Hugo Aguilar, informó que se han sostenido reuniones con trabajadores del Issstezac, quienes han denunciado un uso inadecuado de los recursos del organismo. Añadió que los indicadores actuales reflejan una situación financiera delicada, por lo que consideró indispensable adoptar acciones que permitan recuperar la estabilidad del Instituto.