Aprueban coaliciones Va por Zacatecas y Juntos Haremos Historia
El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas determinó que es procedente el registro del Convenio de la Coalición Electoral Parcial denominada: “Va por Zacatecas”, presentado por los partidos políticos: Acción Nacional, Revolucionario Institucional y de la Revolución Democrática, con el objeto de participar en las elecciones a la Gubernatura, Diputaciones y Ayuntamientos por el principio de mayoría relativa, para el proceso electoral 2020-202.
Asimismo, declaró como procedente la coalición “Juntos Haremos Historia en Zacatecas”, presentado por los partidos políticos: del Trabajo, Verde Ecologista de México, Morena y Nueva Alianza Zacatecas, con el objeto de participar en la elección de la gubernatura y en la modalidad flexible para las elecciones de diputaciones en seis distritos uninominales y las de Ayuntamientos en 16 municipios por el principio de mayoría relativa.
En el caso de la Coalición “Va por Zacatecas”, para efectos del registro de candidatos a los cargos de elección popular, en términos de lo dispuesto en el artículo 139 de la Ley Electoral, se tiene por registradas las Plataformas Electorales que sostendrán las candidatas y los candidatos de dicha coalición durante las campañas electorales.
Por lo tanto, el procedimiento que seguirá cada partido político para la selección de los candidatos que serán postulados por la coalición, en su caso, por tipo de elección, se cumple con este requisito en razón a que, en la Cláusula Cuarta, del Convenio de Coalición, se señala el procedimiento que seguirán los partidos políticos que se coaligan, para seleccionar y postular a sus candidatos.
Esto es, respecto del método de selección de las candidaturas, se establece que cada uno de los partidos políticos integrantes, realizará los procesos internos señalados en su normatividad interna, en los términos siguientes:
En cuanto al PAN, mediante el método de designación de los candidatos que sean siglados en su favor, en los términos del artículo 102 y relativos de los Estatutos Generales del partido, así como sus correlativos del Reglamento de Selección de Candidaturas a Cargos de Elección Popular.
Respecto al PRI, mediante la Comisión para la Postulación de Candidaturas, establecida en el artículo 198 Fracción III de los Estatutos del referido instituto político.
En relación al PRD, mediante el método de la designación por la Dirección Nacional Ejecutiva en sesión convocada para tal efecto, de conformidad con lo establecido, en el artículo 39, apartado A, fracción XVI, del Estatuto y 85 y 95 del Reglamento de Elecciones del partido.
Por su parte, la Coalición “Juntos Haremos Historia en Zacatecas”, modalidad de coalición parcial o flexible, respecto al número total de fórmulas de candidatos a postular, así como la relación de los distritos electorales uninominales y, en su caso, municipios, alcaldías y cualquier otro cargo de elección popular en disputa, en los cuales contenderán dichos candidatos, se tiene por cumplido este requisito, toda vez que en las Cláusulas Tercera y Séptima, así como en los anexos del Convenio de mérito, se señala que las elecciones motivo del mismo, en el proceso electoral local 2020-2021, son la de gubernatura, y la modalidad flexible en diputaciones en 6 de los 18 distritos uninominales y las de Ayuntamientos en 16 de los 58 municipios.
Además, el procedimiento que seguirá cada partido político para la selección de los candidatos que serán postulados por la coalición, en su caso, por tipo de elección, se cumple con este requisito en razón a que en la Cláusula Quinta, del Convenio de Coalición, se señala el procedimiento que seguirán los partidos políticos que se coaligan, para seleccionar y postular a sus candidatos.
Para la candidatura de la gubernatura del estado será definida conforme al proceso interno de selección del partido político Morena, misma que será tomada en consideración para el nombramiento final, el cual se determinará por la Comisión Coordinadora de la Coalición.
Para las diputaciones locales por el principio de Mayoría Relativa e integrantes de los Ayuntamientos, serán definidas conforme a la distribución de candidaturas señaladas en los anexos del convenio de coalición y conforme a las normas estatutarias internas y procesos electivos intrapartidistas que tenga cada partido coaligado. La Comisión Coordinadora de la Coalición tomará en cuenta los perfiles que propongan los partidos coaligados y determinará el nombramiento final de los candidatos y candidatas.
Al respecto, el presidente del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas, José Virgilio Riera Delgadillo, destacó que corresponde al IEEZ el presentar el resultado de los trabajos realizados con sumo cuidado que se expresan en sendos resolutivos, respecto a la aprobación de dos coaliciones que participarán en la jornada electoral del 6 de junio venidero, dentro de un proceso electoral que ya ha iniciado.
Construir una coalición representa un reto mayúsculo; para que las militancias lo asuman; para armar esa especie de rompecabezas derivada de la evaluación de presencias electorales, cuantitativas y cualitativas; para dar paso a una paridad efectiva en la participación de mujeres y hombres. Para luego aplazar diferencias y debates ideológicos y entre los partidos coaligantes, poniendo por delante aquello que en determinadas circunstancias los puede unir, así sea de modo temporal. Largo peregrinar que luego no habrá de agotarse en la elección misma y, que siendo el caso, habrá de extenderse hacia los gobiernos y la vida pública en general.
La contra parte y gran virtud de este proceso es el de una oferta más clara a la ciudadanía de lo fundamental, los proyectos de país que se debaten. Una ciudadanía que espera de la política y de sus hacedores, respuestas contundentes a los problemas que les aquejan; de la seguridad pública, del empleo y hasta de pandemias con perfiles aniquilantes.
A fin de cuentas, será la ciudadanía la que avale o rechace el esfuerzo realizado en la integración de tales coaliciones. De sus razones y sinrazones, si es que existieran. De la imagen pública de candidatas y candidatos propuestos a cargos de elección popular.