Para declarar inexistencia de información se debe fundamentar en la Ley
Zacatecas, Zac.– En cumplimiento a una resolución del Pleno, el Ayuntamiento de Morelos comprobó haber realizado una búsqueda exhaustiva de información sin haber podido localizar la factura pagada a un artista en el año 2017 por su presentación en un evento del municipio. Pero ante el recurso demostró con pruebas fehacientes que en efecto no contaba con la información.
La solicitud de dicho documento derivó en un recurso de revisión, debido a que el Ayuntamiento respondió no contar con la información, por lo que el pasado 23 de enero, bajo la ponencia de la Comisionada Julieta del Río Venegas, le instruyó realizar una búsqueda exhaustiva a fin de localizar la factura, o en su caso, declarar la inexistencia de la información una vez cubiertos los requisitos de Ley para ello. Después de buscar en todo su archivo y no encontrar la factura, el Comité de Transparencia del municipio sesionó y reiteró tanto al ciudadano como al IZAI que no fue encontrada, pese a que hay registro de otros gastos erogados para el mismo evento como la renta de escenario, audio, iluminación y sonorización.
Para dar certeza el Ayuntamiento de Morelos dio vista a la Auditoría Superior del Estado mediante oficio, en el cual dio a conocer la falta de la factura para que el órgano fiscalizador tome las medidas pertinentes, ya que se trató de un evento público realizado con el erario, sin embargo, se desconoce cómo se efectuó el pago al artista. Los Comisionados Samuel Montoya Álvarez, Julieta Del Río Venegas y Fabiola Torres Rodríguez coincidieron en que, una vez que se ha realizado una búsqueda exhaustiva de información y no se localice, los sujetos no están obligados a entregarla siempre y cuando funden y motiven como lo hizo correctamente el Ayuntamiento de Morelos.
En otro asunto de la Sesión Ordinaria de Pleno el Comisionado Presidente, Samuel Montoya Álvarez, dio a conocer el incumplimiento del Ayuntamiento de Apozol a la instrucción de publicar la información curricular y sanciones administrativas de los servidores públicos municipales, correspondiente al periodo del 1 de julio al 30 de septiembre del 2019, luego de que una ciudadana denunciara la falta de información al respecto.
Una vez que transcurrieron los 15 días que el Pleno del Instituto determinó para que se subsanara dicha información y luego de que el municipio no notificara haber cumplido, la Dirección de Tecnologías del IZAI verificó nuevamente la Plataforma Nacional de Transparencia y encontró que el municipio alcanza apenas un 48.57 por ciento en esta información, por lo que aún incumple. En consecuencia, se notificará al Cabildo del Ayuntamiento de Apozol por un último plazo legal de hasta cinco días para publicar los datos faltantes, de lo contrario, se impondrá una multa a quien resulte responsable.
En su dictamen, la Dirección de Tecnologías de la Información explicó que el municipio deberá publicar el nombre de los servidores públicos, cargo, área de adscripción, escolaridad, carrera genérica, periodo de servicio y cargo desempeñado, así como campo de experiencia de los trabajadores municipales. Así mismo, debe agregar un hipervínculo al currículum de cada servidor público y especificar si cuentan con sanciones administrativas.
Durante la sesión, bajo la ponencia de la Comisionada Fabiola Torres Rodríguez, se resolvió un recurso de revisión en contra del Ayuntamiento de Villa García por no entregar información sobre el protocolo de seguridad en caso de incendio.
La Comisionada ponente explicó que el municipio tampoco emitió manifestaciones al respecto, por lo cual el Pleno le instruyó responder en un término de cinco días para evitar una medida de apremio.
En otro punto, Torres Rodríguez fue ponente de una denuncia contra la Junta Intermunicipal de Agua Potable y Alcantarillado de Zacatecas por no publicar en la Plataforma Nacional de Transparencia las actas de sesión del Consejo Directivo durante el año 2019. Luego de verificar el estado de la información, la Dirección de Tecnologías encontró que sólo se cumple con un 80 por ciento de lo que marca la Ley, por lo cual se le fijó un plazo de 15 días para publicar las actas faltantes.