Comisión de diputados prohíbe fumar en espacios de entretenimiento y deportivos
Ciudad de México.– Entre cuestionamientos de legisladores por considerarla una reforma “light” y “descafeinada”, la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados aprobó su “dictamen alterno” con modificaciones a la Ley General de Control de Tabaco para ampliar los espacios cien por ciento libres de humo y emisiones, así como eliminar la publicidad, promoción y patrocinio de productos de tabaco.
No obstante y debido a los desacuerdos con la Comisión de Economía, el proyecto dejó fuera la prohibición de exhibir las cajetillas de cigarros en puntos de venta, así como la importación y venta de vapeadores y cigarros electrónicos.
Con 26 votos a favor y dos abstenciones, los integrantes de la comisión dictaminadora avalaron las reformas y las tunaron a la Mesa Directiva para su discusión en el pleno de la Cámara de Diputados.
“La propuesta que se había hecho era una propuesta muy completa, incluyendo los vapeadores, incluyendo la publicidad, que se escondieran las cajas de cigarros, pero todo lo que venía en esa propuesta ahora queda totalmente descafeinado, esto no va a tener ningún impacto y el efecto va a ser nulo”, acusó Javier Hidalgo, de Morena.
El legislador petista Manuel Huerta calificó a su vez de light el dictamen y criticó a quienes piensan en el signo de pesos antes que en la salud, mientras el diputado panista Éctor Jaime Ramírez consideró incompleto el dictamen y por ello presentó un voto particular.
La presidenta de la Comisión de Salud, Carmen Medel, responsabilizó a la Comisión de Economía, encabezada por el priista Fernando Galindo, de negarse a avanzar en el dictamen original.
El proyecto finalmente aprobado prohíbe toda forma de publicidad, promoción y patrocinio de los productos elaborados con tabaco, en forma directa o indirecta, a través de cualquier medio de difusión o comunicación que pretenda posicionar los elementos de la marca de estos.
Como parte de la ampliación de las áreas 100 por ciento libres de humo se incluyeron los “espacios de concurrencia colectiva” como los destinados a actividades deportivas, artísticas, culturales y de entretenimiento, independientemente de si está techado y confinado por paredes.